María José Vengoechea Devis, presidenta ejecutiva de la Cámara de Comercio de Barranquilla.
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Camcomercio ocultó información sobre inscripción para elecciones

Lo que la entidad no ha dicho es que quienes quieran elegir y ser elegidos, en 2018, deben estar inscritos a más tardar este jueves 31 de marzo de este año.

Como un nuevo 'conejo' a las elecciones de Junta Directiva previstas para el año 2018, se considera la actitud de la Cámara de Comercio de Barranquilla, en cabeza de su presidenta ejecutiva, María José Vengoechea Devis, al ocultar una valiosa y clave información para poder participar en dicho proceso.

La entidad emprendió una campaña publicitaria notificando a los comerciantes sobre el vencimiento del plazo para la renovación de la Matrícula Mercantil, este 31 de marzo.

“Es importante destacar que con la renovación mercantil, los comerciantes obtienen beneficios como son: el acceso a créditos, posibilidad de participar en convocatorias públicas y privadas, mantener la calidad de comerciante formal y la seguridad de que sus datos están actualizados en el registro mercantil; recordemos que estas bases de datos son consultadas por inversionistas y otras empresas que buscan proveedores y nuevos clientes, lo que amplía la posibilidad de negocios para el comerciante”, ha manifestado María José Vengoechea en las comunicaciones de Camcomercio.

Sin embargo, lo que la dirigente no ha manifestado es que quienes quieran participar en las próximas elecciones también deberán quedar registrados este 31 de marzo.

Inexplicablemente, la presidenta ejecutiva de Camcomercio no le ha advertido a los comerciantes lo dispuesto en el artículo 4º. De la Ley 1727 del 11 de julio de 2014, “Por medio de la cual se reforma el Código de Comercio, se fijan normas para el fortalecimiento de la gobernabilidad y el funcionamiento de las Cámaras de Comercio y se dictan otras disposiciones”.

Dicho artículo señala: “Calidad de los miembros Junta Directiva. Además de lo dispuesto en el artículo 85 del Código de Comercio, para ser miembros de la Junta Directiva se requiere haber ostentado ininterrumpidamente la calidad de afiliado durante los dos (2) últimos años calendario previo al treinta y uno (31) de marzo del año correspondiente a la respectiva elección”.

En otras palabras, los miembros de la Junta Directiva deberán cumplir los requisitos establecidos para ser afiliados o para mantener esta condición.

Igualmente, el Título II en su artículo 12, que modificó el artículo 92 del Código de Comercio, también señala:

“Requisitos para ser afiliado. Podrán ser afiliados a una Cámara de Comercio, las personas naturales o jurídicas que:….2. Tengan como mínimo dos (2) años consecutivos de matriculados en cualquier Cámara de Comercio”.

Y el artículo 25 de la misma Ley, expresa: “Derecho a elegir y ser elegido. Para elegir y ser elegido miembro de Junta Directiva, se requiere haber ostentado ininterrumpidamente la calidad de afiliado durante los dos (2) últimos años calendario, previos al 31 de marzo del año correspondiente a la respectiva elección y que a la fecha de la elección conserven esta calidad”.

La importancia de esta información radica en el hecho que es indispensable estar afiliado este 31 de marzo para poder participar en las elecciones de 2018.

Así, por ejemplo, un comerciante podría afiliarse al 31 de enero de 2018, pero no podrá elegir ni ser elegido en dicho proceso.

Es por ello que existe preocupación teniendo en cuenta que la desinformación sacaría del proceso a los comerciantes que hoy se encuentran desinformados.

A lo anterior se suma el hecho de que, anteriormente, la decisión sobre afiliaciones recaía en la Junta Directiva y hoy está en manos de un comité encabezado por la presidenta ejecutiva, María José Vengoechea Devis, condiciones bajo las cuales han sido rechazadas varias afiliaciones.

Con las nuevas reglas, el comité presidido por María José Vengoechea Devis y dos subalternos, es el que decide quien entra y quien no. Quienes entran son los que posteriormente elegirán la Junta Directiva. Y la Junta es la que a su vez designa al presidente de la Cámara de Comercio.

Es decir, con el hecho de ocultar la valiosa información y aplicar este mecanismo selectivo, se podría configurar una perpetuidad tanto en la Junta como en la presidencia ejecutiva.

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